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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Pensiones por invalidez: 4.329 suspensiones y un plazo de 60 días para regularizar la situación

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de esas prestaciones por falta de requisitos médicos, mientras otros 7.008 beneficiarios deben ampliar su documentación en 30 días hábiles.

Por Marcela YapuraEconomía · · hace 2 h
Pensiones por invalidez: 4.329 suspensiones y un plazo de 60 días para regularizar la situación

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral, cuyos titulares no acreditaron, según el organismo, la documentación necesaria para sostener la continuidad de su situación de discapacidad. La medida se formaliza mediante la Resolución 3702/2026 (fuente: Secretaría de Discapacidad).

Qué requisito se exige y qué plazos rigen

El requisito central para mantener o recuperar el beneficio es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. Los titulares suspendidos disponen de 60 días corridos para presentar la documentación faltante; si no lo hacen dentro de ese lapso, la prestación no podrá ser rehabilitada. En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral, con un plazo de 30 días hábiles.

Canales habilitados para presentar la documentación

  • Oficinas de atención de ANSES.
  • Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Formulario de consultas del Ministerio de Salud, disponible en argentina.gob.ar.
  • Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

Antecedentes de la medida

La resolución deja sin efecto una normativa anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. La Cámara Federal de Tucumán revocó en febrero de 2026 esa sentencia de primera instancia, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa. Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo comienza a correr desde la notificación individual, por lo que el certificado médico debe reunirse a tiempo para no perder el cobro de manera definitiva.

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