ARCA extiende el plan de pagos para pymes: deudas hasta octubre de 2026 y adhesión hasta junio de 2027
El organismo amplió el régimen especial de facilidades para micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La carga de nuevas deudas en el sistema Mis Facilidades comenzará el 16 de noviembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó la ampliación del régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida permite incluir en el plan obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, con un esquema de hasta 18 cuotas para las empresas de menor tamaño (Resolución General 5924/2026, publicada en el Boletín Oficial).
Qué cambia respecto del régimen original
El punto central de la resolución es el corrimiento de la fecha de corte para las obligaciones regularizables. El esquema original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ese límite pasa ahora al 31 de octubre de 2026. Del mismo modo, el período de adhesión se extiende: en lugar de cerrar el 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden adherir y qué deudas comprende
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Las obligaciones alcanzadas incluyen deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. Según el texto oficial, las condiciones de financiación se mantienen sin cambios frente al esquema original: las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes acceden a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Aunque la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema Mis Facilidades estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026. Para cargarlas, el contribuyente deberá seleccionar la opción Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026. Hasta esa fecha, el sistema no admitirá obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026.
El trámite se realiza de forma online a través del servicio Mis Facilidades del organismo recaudador.
